Procedimiento de reclamación de cláusula suelo
TARGOBANK, desde el 21 de febrero de 2017, pone a disposición de aquellos consumidores que tuvieran incluidas cláusulas suelo en su préstamo hipotecario un servicio gratuito de reclamación previa a la interposición de demandas judiciales, establecido al amparo del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, con el objeto de recibir y resolver de forma individualizada las peticiones que cursen solicitando la devolución de cantidades cobradas en aplicación de una cláusula suelo.
Los clientes personas físicas, titulares de un préstamo o crédito con hipoteca inmobiliaria que contenga una cláusula suelo, pueden solicitar la devolución de las cantidades que correspondan por la existencia de dicha cláusula.
Recibida su solicitud en nuestras oficinas o por correo postal, TARGOBANK dispondrá de un plazo máximo de 3 meses para analizar su petición y resolverla. Para que empiece a contar este plazo de resolución, la solicitud deberá incluir todos los elementos indicados y requeridos en el apartado “2. Información y documentación a incluir en su solicitud” de este procedimiento.
¿Cómo se efectúa la solicitud?
Quien desee acogerse al servicio, tiene disponible en nuestra página web el formulario de solicitud y podrá presentar la solicitud de la siguiente manera:
- En nuestras sucursales
Acudiendo a cualquier sucursal de TARGOBANK con su documento de identificación para cumplimentar el impreso elaborado a tal efecto. Descargue el impreso de solicitud haciendo clic aquí o solicítelo en nuestras oficinas.
- Por correo postal
Servicio Cláusula Suelo TARGOBANK. C/Ramírez de Arellano 29, 28043 Madrid (España)
- En nuestras sucursales
Información y documentación a incluir en su solicitud
La solicitud deberá ir firmada por todos y cada uno de los titulares de la operación de préstamo.
Al escrito de solicitud deberá adjuntarse fotocopia de los documentos de identificación de todos y cada uno de los titulares del préstamo.
En la solicitud deberá constar la siguiente información:
- Nombre, apellidos y domicilio del/los interesado/s; número del documento nacional de identidad. Comunicar si ha habido cambios en la situación civil (separación, divorcio, fallecimiento, incapacitación, etc.).
- Si la solicitud se efectúa por un representante de los prestatarios, deberá indicarlo expresamente y acreditar sus facultades de representación adjuntando copia del documento en el que conste el apoderamiento así como fotocopia de su documento de identificación.
- Especificación clara de las cuestiones sobre las que se inicia la solicitud, identificando su préstamo o crédito.
- Indicación de que no se ha interpuesto un procedimiento administrativo, arbitral o judicial contra la entidad sobre el mismo asunto.
Resolución
Si TARGOBANK considera que no procede estimar la reclamación, lo comunicará así a los clientes motivando su decisión. En este caso se dará por concluida la reclamación.
Si TARGOBANK considera que procede estimar la reclamación, efectuará un cálculo de la cantidad a devolver y lo comunicará a los clientes.
- Los clientes deberán manifestar si están de acuerdo con el cálculo y, en tal caso, firmar el documento de acuerdo. Si manifiestan desacuerdo con el cálculo o la cantidad, se dará por concluido el proceso de reclamación.
- En caso de acuerdo, la cantidad convenida se podrá percibir de la siguiente forma:
- Bien efectuando el abono de la cantidad convenida mediante transferencia. Convenida la cantidad a devolver y no habiendo acordado ninguna medida compensatoria, TARGOBANK procederá a al pago de la cantidad convenida mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que hubieran indicado todos los titulares del préstamo hipotecario.
- Bien mediante acuerdo de medida compensatoria. Una vez convenida la cantidad, los clientes podrán acordar con TARGOBANK la adopción de una medida compensatoria distinta del pago mediante transferencia (amortización anticipada del préstamo u otra que proponga la Entidad). Los clientes tendrán un plazo de 15 días para aceptar la medida.
- Las devoluciones que, en su caso, se pudieran acordar, pueden generar obligaciones tributarias y serán comunicadas a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
- Las partes no podrán ejercitar entre sí ninguna acción judicial o extrajudicial, incluyendo reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España en relación con el objeto de la reclamación durante el tiempo en que esta se sustancie. Si se hubiera interpuesto una demanda judicial con anterioridad, dentro del acuerdo por este procedimiento, el cliente acepta la suspensión del proceso judicial.
- Los clientes podrán adoptar las medidas que estimen oportunas una vez la entidad rechace expresamente su solicitud o finalizado el plazo de tres meses sin comunicación alguna por parte de la entidad. Si la solicitud es anterior al 21 de febrero de 2017, el referido plazo de tres meses comienza a contar solo desde esta última fecha.
Conclusión del procedimiento sin acuerdo
A efectos de que los clientes puedan adoptar las medidas que estime oportunas, se entenderá que el procedimiento extrajudicial ha concluido sin acuerdo:
- a) Si la entidad de crédito rechaza expresamente la solicitud del consumidor.
- b) Si finaliza el plazo de tres meses sin comunicación alguna por parte de la entidad de crédito al consumidor reclamante.
- c) Si el consumidor no está de acuerdo con el cálculo de la cantidad a devolver efectuado por la entidad de crédito o rechaza la cantidad ofrecida.
- d) Si transcurrido el plazo de tres meses no se ha puesto a disposición del consumidor de modo efectivo la cantidad ofrecida.
Normativa de referencia
Normativa reguladora de la transparencia de las operaciones bancarias y la protección al cliente
Servicio de atención al cliente
- Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible. [PDF - 642 ko]
- Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones. [PDF - 209 ko]
- Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo. [PDF - 207 ko]
- Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras. [PDF - 261 ko]
Transparencia de las operaciones y protección de la clientela, y otra normativa de protección al consumidor
- Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 29 de octubre), de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. [PDF - 884 ko]
- Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. [PDF - 164 ko]
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. [PDF - 731 ko]
- Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. [PDF - 561 ko]
- Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos. [PDF - 440 ko]
- Circular 2/2019, de 29 de marzo, del Banco de España, sobre los requisitos del Documento Informativo de las Comisiones y del Estado de Comisiones, y los sitios web de comparación de cuentas de pago, y que modifica la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos. [PDF - 734 ko]
Préstamos hipotecarios
- Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios. [PDF - 214 ko]
- Real Decreto Ley 2/2003, de 25 de abril, de medidas de reforma económica. [PDF - 138 ko]
- Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica. [PDF - 111 ko]
- Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. [PDF - 261 ko]
- Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. [PDF - 323 ko]
- Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. [PDF - 610 ko]
Condiciones generales de la contratación
- Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación. [PDF - 293 ko]
- Orden EHA/1718/2010 de 11 de junio del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 29 de junio), de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, desarrollada por la Circular 6/2010 de 28 de septiembre del Banco de España (B.O.E. del 11 de octubre), a entidades de crédito y entidades de pago, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios. Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 29 de junio), de regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión. [PDF - 184 ko]
- Ley 22/2010 de 20 de julio del Parlamento de Cataluña (DOGC de 23 de julio), del Código de Consumo de Cataluña. [PDF - 1248 ko]
- Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre (B.O.E. del 15 de octubre), por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y Real Decreto 628/2010 de 14 de mayo del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 3 de junio), por el que se modifican el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre (B.O.E. del 21 de diciembre), sobre fondos de garantía de depósitos en entidades de crédito y el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto (B.O.E. del 4 de agosto), sobre sistemas de indemnización de los inversores. [PDF - 321 ko]
Servicio Cláusulas Suelo TARGOBANK (Datos de contacto)
Servicio Cláusulas Suelo TARGOBANK. C/Ramírez de Arellano 29, 28043 Madrid (España).